El paquete de Energía Limpia (también conocido como “paquete de invierno”) se finalizó el pasado diciembre, con las negociaciones finales de la parte de diseño del mercado interior de la electricidad. El 24 de diciembre de 2018, las nuevas Directivas de fomento del uso de energías renovables y de eficiencia energética, así como el Reglamento de Gobernanza, entraron en vigor.
Se puede obtener información detallada de todo el proceso en la página Web de la Comisión Europea Clean energy for all Europeans
A continuación, se incluye un link a cada una de los nuevos actos legislativos, así como un breve resumen de las principales novedades
La Directiva de Eficiencia Energética en Edificios
La Directiva de Eficiencia Energética en Edificios (Directiva 2018/844)
Crea una senda clara hacia un parque inmobiliario descarbonizado en la UE en 2050 sustentado por estrategias nacionales de renovación a largo plazo.
Favorece el uso de tecnologías de la información y la comunicación (TIC) y de tecnologías inteligentes para asegurar que los edificios son son eficientes, por ejemplo mediante la introducción de sistemas de control y automatización.
Apoya el despliegue de infraestructuras para la electromovilidad en todos los edificios, introduciendo la obligación de instalar puntos de recarga y fomentando la eliminación de barreras administrativas.
Introduce un "indicador de preparación para aplicaciones inteligentes” que medirá la capacidad de los edificios para usar nuevas tecnologías y sistemas electrónicos para adaptarse a las necesidades del consumidor, optimizar su operación e interactuar con la red.
Integra y refuerza de forma significativa las estrategias de renovación a largo plazo.
Moviliza financiación e inversión pública y privada, vinculándolos a los ahorros de eficiencia energética o introducción de renovables.
Ayuda a combatir la pobreza energética y reducir la factura energética de los hogares mediante la renovación de los edificios antiguos.
Ficha resumen con los principales contenidos de esta Directiva publicada por la Comisión Europea
La Directiva de eficiencia energética (Directiva 2018/2002)
La Directiva de eficiencia energética (Directiva 2018/2002)
Establece un nuevo objetivo de eficiencia energética para la UE en 2030 del 32,5%, el cual se revisará al alza en 2023;
Amplía la obligación anual de ahorros más allá de 2020;
Refuerza las normas sobre contadores individuales y la facturación relativa a la energía térmica, dando a los consumidores – especialmente a los de edificios de apartamentos con sistemas colectivos de calefacción – derechos a recibir información más precisa, fiable, clara y puntual sobre su consumo de energía, permitiéndoles así entender mejor y controlar sus facturas de calefacción.
Requiere a los Estados Miembros disponer de normas nacionales transparentes y a disposición del público sobre el reparto de costes del consumo de calefacción, refrigeración y agua caliente sanitaria en edificios de apartamentos o en edificios con finalidades múltiples que tengan sistemas centrales.
Aborda barreras existentes de mercado, comportamiento y regulatorias para aumentar la seguridad de suministro, competitividad de las industrias de la UE, mejorar la calidad del aire y la salud pública, reducir los costes de la energía en los hogares y las empresas, afrontando de ese modo también la pobreza energética.
Ficha resumen con los principales contenidos de esta Directiva, publicado por la Comisión Europea
La Directiva de fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables (Directiva 2018/2001)
Establece un nuevo objetivo vinculante de energías renovables en el conjunto de la UE del 32% en 2030, incluyendo una cláusula de revisión al alza en 2030.
Mejora el diseño y la estabilidad de los esquemas de apoyo para las energías renovables.
Busca racionalizar y reducir los procedimientos administrativos.
Establece un marco regulatorio claro y estable para el autoconsumo.
Pone al ciudadano en el centro de la Unión de la Energía mediante, entre otros, la creación de la figura de la comunidad de energía renovable.
Aumenta el nivel de ambición en los sectores del transporte y de calefacción/refrigeración.
Mejora la sostenibilidad de la bioenergía.
Ficha resumen con los principales contenidos de esta Directiva, publicado por la Comisión Europea
Hace que cada Estado Miembro tenga que preparar un plan nacional integrado de energía y clima para el periodo 2021-2030, que cubra las 5 dimensiones de la Unión de la Energía.
Estos planes nacionales serán comparables de un país a otro de la UE gracias a que en un anexo del Reglamento se detalla el contenido que han de tener. La Comisión Europea evaluará los borradores de los planes, y hará recomendaciones de forma que el conjunto de los planes nacionales de todos los países de la UE permita alcanzar los objetivos climáticos y energéticos en 2030 de una forma coherente, colaborativa y óptima en costes a lo largo de la UE.
Alinea la frecuencia y los plazos de las obligaciones de presentación de informes entre las 5 dimensiones de la Unión de la Energía y el Acuerdo de París, aumentando de forma significativa la transparencia.
Asegura que la UE y los Estados Miembros puedan trabajar de forma conjunta hacia incrementar la ambición establecida en el Acuerdo de París y refuerza la cooperación regional en las dimensiones de la Unión de la Energía.
Asegura el seguimiento del progreso hecho a nivel Estado Miembro para conseguir el objetivo vinculante a nivel UE de energías renovables, el objetivo a nivel UE de eficiencia energética y el objetivo del 15% de interconexión.
Introduce un mecanismo sólido para asegurar la consecución colectiva de los objetivos de la UE en materia de energías renovables y eficiencia energética.
Hace que cada Estado Miembro tenga que presentar una estrategia a largo plazo, con una perspectiva de, al menos, 30 años.
Establece un marco regulatorio claro y transparente para el diálogo con la sociedad civil.
Ficha resumen con los principales contenidos de este Reglamento, publicado por la Comisión Europea
La nueva normativa sobre diseño del mercado eléctrico se compone de una Directiva y un Reglamento, que han sido publicados el 14 de junio en el Diario Oficial de la Unión Europea
Uno de los elementos clave del acuerdo es la capacidad de los proveedores de electricidad de fijar sus propios precios. De este modo se limitarán las distorsiones del mercado, habrá más competencia y bajarán los precios al por menor. Al mismo tiempo, el Consejo se ha asegurado de que los clientes vulnerables sigan estando protegidos al permitir que los Estados miembros apliquen precios regulados a los clientes domésticos en situación de vulnerabilidad. La Directiva también permite a los Estados miembros aplicar intervenciones públicas en la fijación de precios para el suministro de electricidad destinada a otros clientes domésticos y microempresas durante un periodo de transición, con el fin de establecer una competencia efectiva entre proveedores y lograr una tarificación minorista de la electricidad plenamente eficaz.
En el futuro, los clientes podrán participar directamente en el mercado en tanto que clientes activos, por ejemplo, vendiendo electricidad autogenerada, participando en mecanismos de respuesta de la demanda o adhiriéndose a comunidades ciudadanas de energía. La Directiva también garantiza el acceso de los clientes a instrumentos de comparación de precios, contadores inteligentes y contratos de electricidad de tarifas dinámicas. A más tardar en 2026, los clientes podrán cambiar de proveedor de energía en un plazo de 24 horas.
En la Directiva se trata de impulsar el papel de los agregadores como intermediarios entre grupos de consumidores y el mercado. También establece igualmente el marco regulador para los gestores de redes de distribución o transmisión.
El Reglamento revisa las normas y los principios del mercado interior de la electricidad con el fin de garantizar su buen funcionamiento, la competitividad y la ausencia de distorsiones. Asimismo, tiene por objeto brindar apoyo a la descarbonización del sector energético de la UE y eliminar los obstáculos al comercio transfronterizo de energía.
Gracias a la adopción de nuevas normas sobre responsabilidades en materia de balance y comercio, es posible dar cabida a la generación de electricidad variable a partir de fuentes de energía renovables sin crear disposiciones discriminatorias ni distorsiones del mercado.
El Reglamento prevé las condiciones en virtud de las cuales los Estados miembros pueden crear mecanismos de capacidad y los principios para su creación. Con estos mecanismos se pretende garantizar que el suministro de electricidad sea suficiente en los momentos de máxima demanda remunerando los recursos por su disponibilidad. Han de ser temporales y estar concebidos para dar respuesta a una dificultad detectada de adecuación de los recursos.
Se ha fijado un límite de emisiones de 550 gr de CO2 de origen fósil por kWh de electricidad. Las nuevas centrales eléctricas que emitan más de dicha cantidad y que comiencen su producción después de la entrada en vigor del Reglamento ya no podrán participar en mecanismos de capacidad. Las centrales eléctricas que emitan más de 550 gr de CO2 de origen fósil por kWh y una media de 350 kg de CO2 al año por kW instalado podrán participar en mecanismos de capacidad hasta el 1 de julio de 2025. Las nuevas disposiciones contribuirán a que la UE alcance sus objetivos climáticos, al tiempo que se protege la seguridad de las inversiones gracias a una cláusula de derechos adquiridos para los contratos de capacidad que se hayan celebrado antes del 31 de diciembre de 2019.
Otro elemento esencial del acuerdo es la creación de centros regionales de coordinación, encargados de prestar apoyo a la coordinación regional de los gestores de redes de transmisión. Sustituyen a los coordinadores regionales de seguridad existentes, pero asumen funciones adicionales relacionadas con la operación de las redes, la gestión de los mercados y la preparación frente a los riesgos. Asimismo, en virtud del Reglamento se crea una entidad europea de los gestores de redes de distribución.
El 9 de abril, la Comisión Europea ha publicado el 4ª informe sobre el estado de la Unión de la Energía. Entre otras cuestiones, considera que tras casi cinco años de esfuerzos, la Unión de la Energía es hoy una realidad, y que con la reciente aprobación del denominado “paquete de energía limpia” se ha dotado de un marco normativo exhaustivo para avanzar en la transición energética, alcanzar los objetivos del Acuerdo de París, hacer de la UE un líder a nivel mundial en materia de energías renovables, consagrar el principio de “lo primero, la eficiencia energética” y contribuir a modernizar la economía e industria europeas.
El informe recoge que cada vez es mayor el desacoplamiento entre emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y crecimiento económico, estando la UE en buena disposición de conseguir en 2020....