Segunda convocatoria do programa de axuda ao sector industrial para pemes e grandes empresas (FNEE)
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(Cerrado plazo de presentación de proyectos. El programa sigue evaluando los proyectos ya presentados)

Aviso importante. El día 1 de junio de 2020 se reanudará el cómputo de plazos de las tramitaciones administrativas relacionadas con la gestión de los programas de ayudas convocados por el IDAE.

IDAE acuerda la continuidad de algunos trámites relacionados con la gestión de ayudas públicas cuando el interesado otorgue el consentimiento. Para más detalle, puede consultar la Resolución de 29 de abril de 2020 del Consejo de Administración, por la que se acuerda la continuidad de determinados trámites relativos a los procedimientos correspondientes a los programas de ayudas convocados o gestionados por IDAE, como consecuencia de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Con fecha 31 de diciembre de 2018 finaliza la vigencia de la segunda convocatoria del programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial (Industria II), por lo que no se podrán realizar nuevas solicitudes de ayuda a partir de las 23:59 h del día 31 de diciembre de 2018

Ampliado con 104,4 millones de euros el presupuesto el 40% irá a pymes y el resto a grandes empresas

Esta  segunda convocatoria de ayudas, vigente desde el pasado mes de julio, contaba con un presupuesto inicial de 63,7 millones de euros que se han agotado. Del total de 168,1 millones de euros, un 40% irá a pymes y el resto a grandes empresas.

Bases: Resolución de 17 de abril de 2017, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se publica la Resolución de 6 de marzo de 2017 (1)  (2) , del Consejo de Administración, por la que se establecen las bases reguladoras de la segunda convocatoria del Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial.

(1) Resolución de 25 de julio de 2017, del IDAE, por la que se publica la Resolución de 2 de junio de 2017, del Consejo de Administración, por la que se modifica la de 6 de marzo de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras de la segunda convocatoria del programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial.

(2)  Resolución de 19 de diciembre de 2017, del IDAE, por la que se publica la Resolución de 28 de noviembre de 2017, del Consejo de Administración, por la que se modifica la de 6 de marzo de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras de la segunda convocatoria del programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial.

Convocatoria . Resolución de 26 de mayo de 2017 del Director General del IDAE por la que se establece la segunda convocatoria del Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial 

Extracto de la Resolución de 11 de diciembre de 2017, de la Dirección General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se amplia presupuesto de la segunda convocatoria del programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial.

Extracto de la Resolución de 17 de septiembre de 2018 de la Dirección General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se modifica el plazo de vigencia de la segunda convocatoria del programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial  BDNS (Identif.): 348311.

Actuaciones elegibles: aquellas que consigan una reducción de las emisiones de CO2 y del consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética,  en cualquiera de las dos tipologías siguientes:

Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales (ratio económico energético máximo de 14.379 € (inversión elegible) / tep (ahorro energía final). La inversión elegible estará comprendida entre 75.000 € y un máximo de 50 M€.

Implantación de sistemas de gestión energética (ratio económico energético máximo de 14.501 € (inversión elegible)/ tep /ahorro energía final). La inversión elegible estará comprendida entre 30.000 € y un máximo de 50 M€.

Beneficiarios: las empresas que tengan la consideración de PYME o de gran empresa del sector industrial, cuyo CNAE 2009 se encuentre incluido en la relación que figura en la base séptima y las empresas de servicios energéticos.

Modalidad y cuantía de la ayuda: entrega dineraria sin contraprestación con la cuantía determinada en la base sexta.  

Presupuesto:168.190.250 € con origen en el Fondo Nacional de Eficiencia Energética.  El 40% de este presupuesto (67.276.100 € estará reservado para proyectos presentados por PYMEs)

Las ayudas podrán ser objeto de cofinanciación con fondos FEDER del periodo 2014-2020, dentro del Programa Operativo de Crecimiento Sostenible.

Plazos de presentación y vigencia del programa: las solicitudes se podrán presentar desde el día siguiente a aquel en que concluya el plazo de 1 mes natural desde la fecha de publicación de las Convocatoria en el BOE y la conclusión del mismo se producirá cuando transcurra 1 año natural desde la fecha de publicación de dicha convocatoria, siempre y cuando no se haya agotado el presupuesto disponible. 

Carga de datos y documentación para solicitud de ayuda: La carga de datos y documentación se podrá realizar a partir de las las 00:00 horas  del día 1 de julio de 2017, que es la fecha en que concluye el plazo de 1 mes desde la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Todas las reservas y solicitudes de ayuda se realizarán en la Sede Electrónica del IDAE, estos trámites únicamente se podrán realizar con la firma electrónica del representante. Antes de entrar en la aplicación de carga de datos, por favor lea detenidamente las Bases reguladoras y la Convocatoria, ya que una vez iniciada la reserva de solicitud de ayuda tendrá un plazo de 15 días naturales para cargar los datos y documentos.

Más información: Para cualquier duda o aclaración, dirigirse al Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través del correo ciudadano@idae.es, el correo postal del Instituto c/Madera, 8. 28004 Madrid, o el teléfono 913 146 673 en horario de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes. Fax: 915 230 414.

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