Resolución del Consejo de Administración del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía por la que se acuerda la adjudicación provisional del expediente de contratación de una campaña publicitaria de sensibilización ciudadana en el uso responsable de energía en calefacción y transporte público. (Expdte. Ref.: 11349.01/2009)
ANTECEDENTES
El Consejo de Administración nº 150 de fecha 31/03/2009, aprobó la documentación y el inicio del procedimiento de contratación de una campaña publicitaria de sensibilización ciudadana en el uso responsable de energía en calefacción y transporte público. a desarrollar en 2009, correspondiente al expediente de contratación nº 11349/01.
En fecha 17/04/2009 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea la convocatoria de procedimiento abierto de contratación de esta campaña, así mismo se publicó la convocatoria en el Perfil de Contratante de la Web del IDAE.
El plazo de presentación de ofertas concluyó el 12/06/09 y la apertura pública de proposiciones se realizó el día 02/07/09.
Se han recibido un total de 15 propuestas las cuales se han valorado conforme a los criterios establecidos en los pliegos del concurso, con las siguientes observaciones:
- La propuesta de la empresa WESTERN DYNAMICS MEDIA, S.A, presenta dos planes distintos lo cual no estaba admitido en los pliegos por lo que solo se ha valorado la propuesta principal.
- Todas las propuestas presentadas se corresponden con empresas de solvencia suficiente para llevar a cabo las tareas previstas en el contrato y aportan medios adecuados para la gestión del proyecto.
El resumen de las puntuaciones obtenidas por las diferentes propuestas recibidas es el siguiente:
Empresas | Diseño del Plan | Plan de medios | Solvencia y medios | Total Puntos |
ARENA MEDIA COMUNICATIONS ESPAÑA, S.A. | 8 | 65.9 | 5 | 78.9 |
GESMEDIA CONSULTING, S.A. | 13 | 69.4 | 5 | 87.4 |
ICEBERG MEDIA, S.A. | 16 | 67.8 | 5 | 88.8 |
INICIATIVAS DE MEDIOS, S.A. (INITIATIVE) | 14 | 65 | 5 | 84.0 |
INTELIGENCIA Y MEDIA, S.A. | 13 | 55.3 | 5 | 73.3 |
IRISMEDIA AGENCIA DE MEDIOS, S.L. | 12 | 61.2 | 5 | 78.2 |
MEDIA PLANNING GROUP, S.A. | 18 | 74 | 5 | 97.0 |
MINDSHARE SPAIN, S.A. | 13 | 61.5 | 5 | 79.5 |
MONDAY ADVERTISING, S.L. | 8 | 50.7 | 5 | 63.7 |
NEWTON 21 MADRID, S.A. | 12 | 65.3 | 5 | 82.3 |
ORANGE MEDIA ADVERTISING, S.L. | 10 | 58.8 | 5 | 73.8 |
RED DE MEDIOS, S.A. | 9 | 62.8 | 5 | 76.8 |
UNIVERSAL MACCANN, S.A. | 12 | 55 | 5 | 72.0 |
VIZEUM IBERIA, S.A.U. | 12 | 65.9 | 5 | 82.9 |
WESTERN DYNAMICS MEDIA AGENCIA DE MEDIOS S.A. | 8 | 55.4 | 5 | 68.4 |
A partir de las puntuaciones asignadas, la Mesa de Contratación designada en el expediente de contratación nº 11.349/01, ha elevado propuesta de adjudicación a la empresa MEDIA PLANNING GROUP, S.A., por ser la oferta que ha alcanzado mayor puntuación al adecuarse satisfactoriamente a los requisitos exigidos en los Pliegos de la Convocatoria al aunar en la misma, una excelente planificación, con un óptimo equilibrio entre presión publicitaria, cobertura y frecuencia, una apropiada selección de medios audiovisuales, tanto convencionales como no convencionales, generalistas y temáticos, complementado con medios alternativos y con una gran presencia en la Red, garantizando una altísima visibilidad de la Campaña.
Vistos: la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, el Real Decreto 802/1986, 11 de abril, por el que se establece el Estatuto del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, modificado por el Real Decreto 252/1997, de 21 de febrero y la disposición adicional tercera del Real Decreto 2100/1998, de 25 de septiembre, y demás normativa de aplicación.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- El artículo 40.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP) establece que la representación de los entes, organismos y entidades del sector público en materia contractual corresponde a los órganos de contratación, unipersonales o colegiados que, en virtud de norma legal o reglamentaria o disposición estatutaria, tengan atribuida la facultad de celebrar contratos en su nombre.
En este contexto, el Consejo de Administración de IDAE es el órgano superior de gobierno y representación de la Entidad, correspondiéndole la representación con carácter general de la misma, en juicio y fuera de él, así como en cualesquiera actos y contratos y ante toda persona o Entidad, de conformidad con lo establecido por el artículo 4 del Real Decreto 802/1986, de 11 de abril, por el que se establece el Estatuto del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, modificado por el Real Decreto 252/1997, de 21 de febrero, y por la disposición adicional tercera del Real Decreto 2100/1998, de 25 de septiembre.
Segundo.- El artículo 135.3 de la citada LCSP establece que: “La adjudicación provisional se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada que deberá notificarse a los candidatos o licitadores y publicarse en un diario oficial o en el perfil del contratante del órgano de contratación (…)”
Tercero.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 y el apartado 1 del mismo artículo 135 de la LCSP, la Mesa de Contratación habilitada en el presente expediente ha valorado las propuestas conforme a los criterios establecidos en el Pliego de Condiciones Particulares.
Se dispone de informe técnico de valoración de propuestas realizado por el Departamento de Comunicación e Imagen de IDAE.
Cuarto.- Al amparo de lo dispuesto en el artículo 40.2 de la LCSP, que dispone que los órganos de contratación podrán delegar o desconcentrar sus competencias y facultades en tal materia, se considera oportuno facultar a la Dirección General del Instituto para la elevación a definitiva de la adjudicación provisional del expediente de contratación de referencia.
En su virtud, de conformidad con lo expuesto, este Consejo de Administración, adopta la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero.- Acordar la adjudicación provisional del expediente, nº 11.349/01, de contratación de una campaña publicitaria de sensibilización ciudadana en el uso responsable de energía en calefacción y transporte público, a desarrollar en 2009, a la empresa MEDIA PLANNING GROUP, S.A., en la cantidad total de 1.200.000,00- €, mas el IVA que corresponda.
Segundo.- Ordenar la notificación de la presente resolución de adjudicación provisional a la adjudicataria, así como al resto de candidatos y licitadores, publicándose la misma en el perfil del contratante de este Instituto, advirtiendo que contra tal resolución procederá la interposición de recurso especial de acuerdo a lo establecido en el artículo 37 la Ley de Contratos del Sector Público.
Tercero.- Durante el plazo establecido en el artículo 135.4 de la Ley de Contratos del Sector Público, el adjudicatario deberá presentar la documentación justificativa allí contemplada, así como constituir la garantía que, en su caso, fuera procedente.
Cuarto.- Facultar al Director General de IDAE, para que proceda a elevar a definitiva la presente adjudicación provisional una vez transcurran los plazos legalmente establecidos al efecto.
En Madrid, a 2 de octubre de 2009.
ENRIQUE GAVILANES VÁZQUEZ
Secretario del Consejo de Administración