El consumo en iluminación, uno de los más importantes en edificios del sector terciario y de gran importancia en viviendas, se ve enormemente influido por el tipo de tecnología que se emplee para darle servicio. Por eso, cuanto mayor sea la eficiencia de los equipos utilizados, mejor será el rendimiento energético de los edificios que los utilicen.
Legislación para la mejora de los equipos de iluminación
La Comisión Europea -en línea con su Principio de Energy First (“la eficiencia energética, lo primero”)- tiene entre sus objetivos la mejora constante de los equipos de iluminación; empleando para ello dos potentes herramientas:
Reglamento (UE) 2019/2020 de la Comisión de 1 de octubre de 2019 por el que se establecen requisitos de diseño ecológico para las fuentes luminosas y los mecanismos de control independientes con arreglo a la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.
Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 8 de junio de 2011 sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos.
Esta última -conocida como Directiva RoHS- establece la prohibición, en los procesos de fabricación, del uso de determinados productos que pueden poner en riesgo el medio ambiente y provocar la exposición humana a sustancias peligrosas: plomo, mercurio, cadmio, cromo hexavalente, bifenilos polibromados (PBB) y éteres difenílicos polibromados (PBDE) quedan prohibidos; siendo todos ellos empleados en la fabricación de diferentes equipos de iluminación.
A nivel nacional, para transponer estas Directivas, se ha modificado el anexo III del Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, y se publica la Orden PCM/956/2022, de 6 de octubre, por la que se modifica el anexo III del Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos. De esta forma, el ordenamiento jurídico español queda adaptado al progreso científico y técnico, incorporando las directivas delegadas aprobadas y cumpliendo, así, con lo exigido en la normativa de la Unión Europea.
El listado de sustancias que no pueden utilizarse en los procesos de fabricación ha ido siendo ampliado y actualizado desde la publicación de la primera versión de esta Directiva (en el año 2011) a lo largo de las sucesivas revisiones de la misma, y mediante la publicación de sucesivas Directivas Delegadas*. La última de estas revisiones, con vigencia desde 2021 y actualizado hasta 2027, incluye productos empleados en la fabricación de diferentes fuentes de luz de entre las más utilizadas convencionalmente en iluminación interior de edificios. Con el fin de clarificar el calendario de prohibición de comercialización establecido según la actual Directiva RoHS y la citada Orden, el Comité Español de Iluminación (CEI) ha elaborado un “Calendario de prohibición de fabricación de lámparas” que puede consultarse en su página web.
Conclusión:
La desaparición de estas fuentes de luz y su sustitución por tecnología LED, va a dar lugar a ahorros de energía eléctrica en iluminación interior entorno al 50%; por lo que la nueva Directiva RoHS contribuirá indirectamente a la eficiencia energética en el sector de la iluminación interior y exterior en Europa.
Enlaces
La última actualización de la Directiva RoHS, en el año 2022, ha modificado el anexo III de la Directiva 2011/65/UE, mediante la aprobación de doce directivas delegadas:
Directiva Delegada (UE) 2022/274 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2021, por la que se modifica, para adaptarlo al progreso científico y técnico, el anexo III de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a una exención relativa al uso de mercurio en lámparas fluorescentes de cátodo frío y lámparas fluorescentes de electrodo externo para usos especiales;
Directiva Delegada (UE) 2022/275 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2021, por la que se modifica, para adaptarlo al progreso científico y técnico, el anexo III de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a una exención relativa al uso de mercurio en otras lámparas de (vapor de) sodio de alta presión para usos generales de alumbrado;
Directiva Delegada (UE) 2022/276 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2021, por la que se modifica, para adaptarlo al progreso científico y técnico, el anexo III de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a una exención relativa al uso de mercurio en lámparas fluorescentes de casquillo único (compactas) para usos generales de alumbrado;
Directiva Delegada (UE) 2022/277 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2021, por la que se modifica, para adaptarlo al progreso científico y técnico, el anexo III de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a una exención relativa al uso de mercurio en lámparas fluorescentes de casquillo único (compactas) para usos generales de alumbrado, de menos de 30 W con una vida útil igual o superior a 20 000 horas;
Directiva Delegada (UE) 2022/278 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2021, por la que se modifica, para adaptarlo al progreso científico y técnico, el anexo III de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a una exención relativa al uso de mercurio en lámparas de haluros metálicos;
Directiva Delegada (UE) 2022/279 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2021, por la que se modifica, para adaptarlo al progreso científico y técnico, el anexo III de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a una exención relativa al uso de mercurio en otras lámparas de descarga para usos especiales;
Directiva Delegada (UE) 2022/280 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2021, por la que se modifica, para adaptarlo al progreso científico y técnico, el anexo III de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a una exención relativa al uso de mercurio en otras lámparas de descarga de baja presión;
Directiva Delegada (UE) 2022/281 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2021, por la que se modifica, para adaptarlo al progreso científico y técnico, el anexo III de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a una exención relativa al uso de mercurio en lámparas fluorescentes de casquillo único (compactas) para usos especiales;
Directiva Delegada (UE) 2022/282 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2021, por la que se modifica, para adaptarlo al progreso científico y técnico, el anexo III de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a una exención relativa al uso de mercurio en lámparas de fósforo de tres bandas no lineales;
Directiva Delegada (UE) 2022/283 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2021, por la que se modifica, para adaptarlo al progreso científico y técnico, el anexo III de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a una exención relativa al uso de mercurio en lámparas de (vapor de) sodio de alta presión para usos generales de alumbrado con índice de rendimiento de color mejorado;
Directiva Delegada (UE) 2022/284 de la Comisión, de 16 de diciembre de 2021, por la que se modifica, para adaptarlo al progreso científico y técnico, el anexo III de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a una exención relativa al uso de mercurio en lámparas fluorescentes lineales de casquillo doble para usos generales de alumbrado
Directiva Delegada (UE) 2022/287 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2021, por la que se modifica, para adaptarlo al progreso científico y técnico, el anexo III de la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a una exención relativa al uso de mercurio en lámparas fluorescentes para otros usos generales de alumbrado y usos especiales.
Interior edificio IDAE