Proyectos singulares para la renovación de instalaciones de alumbrado exterior municipal. Segunda convocatoria

FNEE. Fondo Nacional de Eficiencia Energética

Segunda convocatoria del programa de ayudas para proyectos singulares de renovación de las instalaciones de alumbrado exterior municipal (Proyectos Singulares Alumbrado Municipal)

 

Bases y Convocatoria: 

Estas bases tienen la finalidad de regular las convocatorias a fin de seleccionar a los beneficiarios de las ayudas del programa en régimen de concurrencia competitiva

Orden TED/388/2023, de 29 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas para proyectos singulares de renovación de las instalaciones de alumbrado exterior municipal, Proyectos Singulares Alumbrado Municipal (BOE núm. 95, 21/04/2023).

Orden TED/674/2023, de 12 de junio, por la que se corrigen errores en la Orden TED/388/2023, de 29 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas para proyectos singulares de renovación de las instalaciones de alumbrado exterior municipal, proyectos singulares alumbrado municipal (BOE núm. 149, 23/06/2023)

Convocatoria: Resolución de 19 de diciembre de 2024 del Consejo de Administración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. por la que se establece la segunda convocatoria del programa de ayudas para proyectos singulares de renovación de las instalaciones de alumbrado exterior municipal (Proyectos Singulares Alumbrado Municipal). Extracto de la Resolución de 19 de diciembre de 2024 publicado en BOE núm. 307, 21/12/2024.

Publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones BDNS: 804686

Actuaciones elegibles:

Las actuaciones elegibles son aquellas que tienen como denominador común la reducción de la potencia lumínica de las instalaciones de alumbrado existentes, mediante la sustitución de los actuales equipos de alumbrado por luminarias de mayor rendimiento, por fuentes de luz de mayor eficiencia y/o por equipos electrónicos de regulación y control, y que permitan reducir la contaminación lumínica del entorno respecto del alumbrado sustituido.

Beneficiarios: 

Podrán ser beneficiarios de este programa las entidades locales, según la definición del artículo 3 de Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Asimismo, podrán ser beneficiarias de este programa las entidades públicas a quienes se les atribuya la gestión de los servicios públicos municipales de alumbrado exterior, siempre que no se trate de una entidad productora de mercado o que realice una actividad económica por la que oferte bienes o servicios en un determinado mercado.

Modalidad y cuantía de la ayuda: 

Préstamo reembolsable de hasta el 100% de la inversión elegible del proyecto, a un tipo de interés del 0,0% y con un plazo máximo de vigencia de 10 años (que incluye los primeros 12 meses de carencia, por lo que el plazo de amortización máximo será de 9 años), exento de comisiones de apertura, estudio y cancelación y de garantías. 

El préstamo máximo a conceder, para un mismo beneficiario, será de 10.000.000 € y el mínimo de 300.000 €. Las actuaciones de una cuantía inferior a 300.000 €, podrán presentarse de forma agrupada con otro u otros solicitantes.  

Presupuesto: 

Esta segunda convocatoria cuenta con una dotación presupuestaria máxima inicial de 155.000.000 euros, con cargo al Fondo Nacional de Eficiencia Energética, contribuyendo a alcanzar los objetivos de reducción del consumo de energía final, que fija el artículo 7 de la Directiva 2018/2002/UE, y las emisiones de dióxido de carbono.

Plazos de presentación y vigencia del programa: 

Las solicitudes de ayuda objeto de esta convocatoria y su documentación se iniciará a las 12:00 horas del día 27 de enero de 2025 y finalizará a las 12:00 horas del día 20 de marzo de 2025, horario peninsular, todo ello, a través del sistema telemático correspondiente alojado en el portal de ayudas de la sede electrónica del IDAE. La solicitud y la documentación para aportar con la misma se harán en castellano.

Transcurrido el anterior plazo de presentación de solicitudes no serán admitidas más solicitudes

Carga de datos y documentación para solicitud de ayuda:

Una vez comience el plazo de presentación de solicitudes, según establezca la convocatoria, la solicitud se efectuará de manera telemática a través de la aplicación que estará disponible en la Sede Electrónica del IDAE, conforme al formulario que figure en la misma y la presentación de la documentación referenciada en la Orden TED/388/2023, de 29 de marzo por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas.

Los modelos de documentación a presentar, memoria descriptiva y anexos, pueden encontrarse igualmente en la Sede Electrónica del IDAE.

Todas las reservas y solicitudes de ayuda sólo se podrán efectuar con la firma electrónica del representante en la Sede Electrónica del IDAE.

Legislación relacionada

Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07.

Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión. 

Instrucciones técnicas complementarias del Reglamento electrotécnico de baja tensión

Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, por el que se aprueban medidas de refuerzo de la protección de los consumidores de energía y de contribución a la reducción del consumo de gas natural en aplicación del «Plan + seguridad para tu energía (+SE)», así como medidas en materia de retribuciones del personal al servicio del sector público y de protección de las personas trabajadoras agrarias eventuales afectadas por la sequía. En dicho RD se modifica la EA-1 “Eficiencia Energética” en su artículo 20 relativo al “Ahorro y eficiencia energética en alumbrado exterior”.

Más información:

Para cualquier duda o aclaración, tanto la ciudadanía, como cualquier empresa u organismo público, puede dirigir sus consultas al Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través de los siguientes canales: formulario de contacto https://www.idae.es/contacto, correo electrónico ciudadano@idae.es, Fax (91 523 04 14), WhatsApp (910 789 894), o llamada telefónica (913 146 673).

Para consultas específicas del Programa de ayudas para la renovación de instalaciones de alumbrado exterior municipal o de detalle de las Bases del programa, pueden dirigirse a consultas.alumbradosingulares@idae.es

Recuerde indicar siempre en sus consultas la comunidad autónoma o la provincia de España desde la que nos contacta, por motivos estadísticos y para poder orientar su consulta hacia la información más adecuada.

Horario de atención telefónica: Jornada de invierno: L-V, de 8.00h a 19.00h. Jornada de verano, del 1 de junio al 30 de septiembre: L-V, de 8.00h a 15.00h.

Horario de atención WhatsApp: Jornada de invierno: L-V, de 8.00h a 19.00h. Jornada de verano, del 1 de junio al 30 de septiembre: L-V, de 8.00h a 15.00h.