Preguntas frecuentes Etiquetado para consumidores de aerogeneradores de pequeña potencia

FAQ y definiciones

Preguntas frecuentes

 

¿Es obligatorio que un aerogenerador posea la etiqueta?. No, no es obligatorio, si bien que el aerogenerador disponga de la etiqueta sería muy recomendable para el consumidor ya que le ofrece información, en un formato condensado y comparable, sobre las características y garantías del equipo que pretende instalar, en definitiva, los datos necesarios para una buena elección de aerogenerador.

Un aerogenerador no posee etiqueta pero sí un “Certificado de Tipo”, ¿es lo mismo? No, no es lo mismo. La obtención de un “Certificado de Tipo” por un aerogenerador se basa en la normativa internacional de aplicación UNE-EN 61.400, cuyos requisitos son más exigentes que para la obtención de la “etiqueta”. Si el aerogenerador dispone del “Certificado de Tipo”, ésta sería una garantía incuestionable y reconocida internacionalmente de la calidad del equipo y de sus prestaciones.

Un aerogenerador no posee etiqueta pero sí el “Marcado CE”, ¿es lo mismo?  No, no es lo mismo. El “Marcado CE” tiene un carácter básico y obligatorio para comercializar cualquier producto en la Unión Europea, simbolizando la conformidad de un producto con los requisitos esenciales de seguridad y salud que le son aplicables e impuestos al fabricante. El “Marcado CE” se obtiene con una declaración formal (Declaración de conformidad CE) hecha por una persona responsable de la empresa fabricante de que el producto es conforme con todos los requisitos comunitarios y de que se han llevado a cabo sobre dicho producto los procedimientos de evaluación de la conformidad que le son de aplicación. No obstante, el “Marcado CE” no garantiza que el aerogenerador cumpla con las prestaciones de potencia, nivel de ruido, duración y diseño estructural que el fabricante afirme en su información comercial.

¿Por qué no tiene letra la etiqueta?  No es una etiqueta energética, como la que tiene un electrodoméstico, que te muestra su nivel de eficiencia en cuanto a su consumo energético. Al ser un equipo generador, la información de la etiqueta muestra las características del aerogenerador para una comparación entre aerogeneradores en unas condiciones normalizadas de funcionamiento.

 ¿Por qué tiene fecha de validez la etiqueta? Se considera que cinco años es un periodo suficiente de validez a partir del cual el solicitante de la etiqueta debe volver a demostrar que el equipo sigue cumpliendo los requisitos que en su día le hicieron valedor de la emisión de la etiqueta.

Ello no quiere decir que, posteriormente a la fecha de expiración de la etiqueta, el aerogenerador en cuestión no mantenga las prestaciones o incumpliera con los requisitos y ensayos que garantizaran la calidad del producto, sino que estos ensayos fueron acreditados hace tiempo.

¿Por qué se muestra la energía anual de referencia y no la potencia del aerogenerador? La energía anual da una idea de cuanta energía puede entregar dicho generador en un emplazamiento con un viento medio de 8 m/s, independientemente de la potencia máxima del aerogenerador, que puede darse a una (o a partir de una) velocidad diferente para cada aerogenerador. 

Dependiendo de cómo sea el emplazamiento y de la curva de potencia del aerogenerador dará una u otra potencia, ya que hay aerogeneradores para bajos vientos, otros para alto recurso eólico, unos que arrancan antes, otros que cortan su funcionamiento más tarde,... etc. Además, en las aeroturbinas de eje vertical la relevancia del dato de potencia máxima del aerogenerador es relativa, ya que suele estar definida por la potencia máxima del generador eléctrico asociado, pudiendo marcar un indicador erróneo en la comparativa por parte del consumidor.

 ¿Quién decide otorgar una etiqueta? La etiqueta la otorga el Comité Español de Validación para el Etiquetado de Pequeños Aerogeneradores (CEVEPA), compuesto por representantes de la Sección minieólica del APPA, el CIEMAT y el IDAE. El CEVEPA es el organismo sin ánimo de lucro creado con el único objetivo de contrastar y validar la documentación presentada por quienes desean obtener una etiqueta para su aerogenerador, encargándose igualmente de la gestión del registro y del control de la continuidad de la validez de las etiquetas otorgadas.

¿El “Etiquetado de aerogeneradores de pequeña potencia” está alineado con la Normativa y las Directivas Europeas? El “Etiquetado de aerogeneradores de pequeña potencia”, que sigue las recomendaciones de la Agencia Internacional de la Energía, no entra en contradicción con lo dispuesto en las Directivas Europeas.

La Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, se refiere a la indicación del consumo de energía por los productos relacionados con la energía, mediante el etiquetado y una información normalizada. Por su parte, el “Etiquetado de aerogeneradores de pequeña potencia”, se refiere a la información para el usuario de las prestaciones técnicas y ensayos de calidad y durabilidad de equipos no destinados al consumo eléctrico, sino a la generación de electricidad.

¿El “Etiquetado de aerogeneradores de pequeña potencia” es lo mismo que la “Etiqueta energética de la Unión Europea” ? El “Etiquetado de aerogeneradores de pequeña potencia” no debe confundirse con las “Etiquetas energéticas” contempladas en la Directiva 2010/30/UE. Las “Etiquetas Energéticas” indican el nivel de consumo de un aparato en una escala de A a G. La clase A (color verde) es la más eficiente desde el punto de vista energético y la clase G (color rojo), la menos eficiente. Gracias al etiquetado energético, los consumidores pueden elegir los productos que consumen menos energía. Todos los aparatos vendidos en la UE para los que exista una obligación o norma de etiquetado energético deben llevar el mismo y debe estar claramente expuesto en el punto de venta. Para más información se adjuntan los siguientes enlaces:

http://europa.eu/youreurope/business/environment/energy-labels/index_es.htm

http://ec.europa.eu/growth/single-market/european-standards/harmonised-standards/ecodesign_es

http://www.controlastuenergia.gob.es/consumo-inteligente/Paginas/etiquetado-energetico.aspx

http://guiaenergia.idae.es/

 

Definiciones

CEVEPA: Siglas de “Comité Español de Validación para el Etiquetado de Pequeños Aerogeneradores”. Es el organismo responsable de revisar la documentación, validar la documentación, emitir la Etiqueta y el informe resumen de los ensayos y revisar y mantener las etiquetas emitidas.

Corriente máxima de salida (para los aerogeneradores): La corriente máxima (CA o CC) que se puede tomar de las conexiones del aerogenerador y que se especifica como un valor promedio de 600 s, i600, El valor promedio de 60 s, i60 y como el valor promedio de 0,2 s, i0,2.

Etiqueta: Distintivo emitido por el CEVEPA que recoge las principales características de los aerogeneradores y su conformidad con los estándares incluidos en este documento.

Máxima tensión de salida (para los aerogeneradores): La tensión máxima (CA o CC) que se producirá en las conexiones del aerogenerador y que se especifica como un valor promedio de 600 s, U600, El valor promedio de 60 s, U60 y como el valor promedio de 0,2 s, U0,2.

Nivel de ruido acústico declarado: El nivel de ruido acústico declarado aparente en dB (A) a una velocidad de viento de 8 m/s, medidos según la norma IEC61400-11 y calculada según la norma IEC 61400-14.

Normativas IEC: IEC es el acrónimo de “International Electrochemical Commision”, que es la Comisión Internacional de estandarización y evaluación de conformidades para las tecnologías eléctrica, electrónica y tecnologías relacionadas.

La norma IEC 61400 es el Estándar Internacional de aplicación a los aerogeneradores eólicos.

 

Potencia máxima de salida (para los aerogeneradores): La potencia máxima (CA o CC) que se puede tomar de las conexiones del aerogenerador y que se especifica como un valor promedio de 600 s, P600, El valor promedio de 60 s, P60 y como el valor promedio de un 0,2 s, P0,2.Referencia anual de la energía:

La energía total calculada que se producirá durante un periodo de un año a una velocidad media de 5,0 m/s a la altura del rotor, asumiendo una distribución del viento Rayleigh, 100% de disponibilidad, y la curva de potencia derivada de la IEC 61400-12-1, referida como "Producción anual de energía" (AEP). La AEP de IEC 61400-12-1 es también la "AEP-medida" o la "AEP "extrapolada" y está " normalizada al nivel del mar" o a un determinado lugar específico. En este documento, la referencia anual de energía es una AEP-media y normalizada a nivel del mar.

 

 

 

no-alt
no-alt
no-alt
no-alt
no-alt
no-alt
no-alt