La contabilización individual de consumos de calefacción y agua caliente sanitaria en los edificios en España representa un aspecto de referencia en la correcta gestión de los consumos energéticos en los edificios, y así se ve reflejado en las diferentes Directivas europeas.
El artículo 9 de la directiva 2012/27/UE del parlamento europeo y del consejo de 25 de octubre de 2012 relativa a la eficiencia energética, establece obligaciones para aquellos edificios con instalaciones centralizadas, tanto en contabilización, como a nivel de información al consumidor, permitiendo optimizar los consumos energéticos de estos edificios.
En este sentido también la Directiva 2002 del año 2018, enfatiza en esta necesidad.
Para España, estas obligaciones vienen a completar el proceso regulatorio que comienza con las primeras obligaciones a través de la IT.IC.26 del año 1980 aprobada por Real Decreto 1618/1980, de 4 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Calefacción, Climatización y Agua Caliente Sanitaria, con el fin de racionalizar su consumo energético.
Esta normativa se ha ido completando con la publicación de los sucesivos Reglamentos de Instalaciones Térmicas de los Edificios, y finalmente en agosto de 2020 se publicó el RD 736/2020, por el que se regula la contabilización de consumos individuales en instalaciones térmicas de edificios.
Cover Guía Técnica. Contabilización de consumos individuales de calefacción en instalaciones térmicas de edificios RD 736/2020